Trámite:

Registro de la Cuenta Individual en una Afore

Plazo de solución

5 días hábiles una vez firmada la Solicitud de Registro

¿Que es?

Es el proceso que se lleva a cabo ante una Afore mediante el cual el Trabajador ejerce su derecho a elegir qué institución administrará por primera vez su Cuenta Individual e incorporará sus datos a la BDNSAR.

¿Quién solicita?

Trabajador o Beneficiario

¿Quién lo otorga?

Afore

Requisitos

  • Contar con un Expediente de Identificación del Trabajador actualizado que será generado por la Afore con información del Trabajador, su identificación oficial y su comprobante de domicilio (véase “Generación de Expediente de Identificación del Trabajador”).

Trámite

1. Acudir a la Afore en la que el Trabajador desee registrarse y presentar:
• Identificación oficial vigente, que puede ser:
 
a) Para mayores de edad, con foto y firma:
  • Credencial para votar (INE)
  • Pasaporte
  • Matricula consular
b) Para menores de edad
  • Acta de nacimiento
  • Pasaporte
  • Identificación oficial de quien ejerza la patria potestad o del tutor (Pasaporte, Credencial para votar (INE) o matrícula consular).
• Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses, que puede ser estado de cuenta de:
a) Suministro de energía eléctrica;
b) Estados de cuenta por servicios de Telefonía o gas:
c) Derechos por suministros de agua;
d) Impuesto predial;
e) Estados de cuenta bancarios o de tiendas departamentales, o
f) Constancia de situación fiscal del trabajador.

2. La afore pondrá a disposición del trabajador la solicitud de registro donde deberán asentarse sus datos, firma biométrica y firma manuscrita digital y los del Asesor Previsional que realice el trámite y deberá anexar el Documento de Rendimiento Neto y el Contrato de Administración de Fondos para el Retiro que también deberán ser firmados por el solicitante.

3. La Afore registrará y almacenará un video en donde el Trabajador exprese su consentimiento para registrar su Cuenta Individual.

4. Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que concluya el proceso de solicitud de Registro, la Afore informará el resultado al Trabajador enviando al domicilio o correo electrónico que haya proporcionado, la Constancia de Registro o documento en donde se le comunique que el Registro fue rechazado y los motivos que dieron lugar al mismo.

5. Los Beneficiarios podrán solicitar el Registro de la Cuenta Individual de un Trabajador fallecido presentando además los siguientes documentos originales:
  • Acta de defunción del Trabajador.
  • Identificación oficial del Beneficiario, de las señaladas en el punto de identificación oficial.
  • Alguno de los siguientes documentos:
a) Acta de nacimiento del beneficiario.
b) Acta de matrimonio con una antigüedad no mayor a seis meses anteriores a la fecha de la solicitud.
c) o Resolución, emitida por autoridad competente que declare la calidad de Beneficiario o documento que acredite el concubinato.

Información Importante

• En el proceso de Registro los Asesores Previsionales deben proporcionar al Trabajador una copia de su credencial y firmar las solicitudes en su presencia.
• En caso de cuentas asignadas en una Afore distinta a la que se desea registrar, el trámite puede tardar hasta 20 días hábiles.
• El Registro también puede realizarse a través de la aplicación AforeMóvil www.gob.mx/aforemovil. Sólo debe descargarse en el teléfono inteligente de la persona que desea registrarse, ingresar sus datos personales y seguir las instrucciones. También es necesario tener a la mano CURP, dirección de correo electrónico y una identificación oficial vigente para solicitar el Registro con la Afore de su preferencia.
• Derivado de las reformas del 16 de diciembre de 2020 a la Reforma a la Ley del Seguro, a partir del 4 octubre de 2021, los beneficiarios designados expresamente por el titular en su Afore  podrán reclamar los recursos a los que legalmente tengan derecho por lo que es muy importante designar a los beneficiarios en la Afore  ya que éstos, en caso de fallecimiento del trabajador titular de la cuenta, tendrán derecho a recibir los recursos de la cuenta individual que en términos de las disposiciones legales puedan entregarse en una sola exhibición.
• El Trabajador podrá sustituir a sus Beneficiarios o modificar el porcentaje asignado para cada uno de ellos en cualquier momento. La actualización en la designación de beneficiarios dejará sin efecto las designaciones anteriores que haya realizado.

Sello Digital: TfpiUDa7A5Yg1S4kCtXLPap5uT2uF9sNZ0nVf/kcDVtYUmP9A7Ad+FXUdE8ussvSupYL+tE+VaHuM1lYtIkaGw==