Trámite:

Ayuda para Gastos de Matrimonio IMSS

Plazo de solución

Máximo 15 días hábiles

¿Que es?

Es la prestación en dinero equivalente a 30 días de salario mínimo general, proveniente de la cuota social que aporta el Gobierno Federal a la cuenta individual, que puede retirar un trabajador asegurado a través de la Afore cuando contrae matrimonio civil.

¿Quién solicita?

Trabajador

¿Quién lo otorga?

IMSS y Afore

Requisitos

  • Tener acreditado un mínimo de 150 semanas ante el IMSS en el seguro de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez a la fecha de celebración del matrimonio.
  • No haber obtenido este derecho con anterioridad.
  • Estar vigente como asegurado. En caso de haber dejado de pertenecer al Régimen Obligatorio, podrá solicitarse la prestación si el matrimonio fue contraído dentro de los 90 días hábiles contados a partir de su baja.
  • Contar con un Expediente de Identificación del Trabajador actualizado y con un Enrolamiento Biométrico que será generado por la Afore con información del Trabajador, su identificación oficial, y su comprobante de domicilio (véase “Generación de Expediente de Identificación del Trabajador”).

Trámite

1. Trámite a través de AforeMóvil:
  • Selecciona "Servicios" y en "Retiros" elige "Retiro por Matrimonio".
  • Revisa la información que se muestra, si cuentas con tu Expediente Electrónico, identifícate para comprobar que eres tú, selecciona el tipo de retiro y captura los documentos solicitados.
  • Identificación oficial vigente (INE, Pasaporte o Matrícula Consular).
  • Estado de cuenta bancario a nombre del trabajador, con cuenta CLABE de origen nacional o su análoga cuando se trate de una cuenta bancaria abierta en el extranjero.
  • Acta de Matrimonio.
Dentro de la aplicación AforeMóvil, en el buzón de Notificaciones puedes consultar el estatus. También recibirás correos electrónicos para informarte el estatus de tu solicitud.
 
2. Trámite en sucursal de la Afore:
  • Acudir a cualquier sucursal de la Afore que administra la cuenta individual y presentar:
    • Solicitud de Disposición de Recursos por Ayuda para Gastos de Matrimonio, debidamente llenada y firmada, que será proporcionada por la Afore.
    • Resolución de Ayuda para Gastos de Matrimonio.
    • Estado de cuenta bancario a nombre del trabajador, con cuenta CLABE de origen nacional o su análoga cuando se trate de una cuenta bancaria abierta en el extranjero.
    • dentificación Oficial, que puede ser:
      • Credencial para votar
      • Pasaporte
      • Matrícula Consular
 
  • Una vez realizada la solicitud, la Afore hará la entrega de los recursos a la cuenta bancaria a nombre del Trabajador en un plazo máximo de 5 días hábiles

Información Importante

  • Este trámite únicamente podrá efectuarse después de haber contraído matrimonio civil y puede solicitarse sólo una vez en la vida.
  • Debes estar activo en el IMSS o en caso de haber dejado de pertenecer al régimen obligatorio, podrás solicitar esta prestación si te casaste dentro de los 90 días hábiles contados a partir de tu baja.
  • En caso de haber registrado a otro cónyuge como beneficiario, el trabajador deberá acreditar la disolución del vínculo matrimonial o bien, el fallecimiento.
  • Cuando el depósito de los recursos no pueda llevarse a cabo por causas imputables a los datos de la cuenta CLABE o rechazos de tipo bancario, las Administradoras deberán contactar al Trabajador, Pensionado o Beneficiario para que este corrija la situación y poder realizar el depósito correspondiente. En su caso, si pasados treinta días naturales no se ha podido realizar el depósito de los recursos, la Administradora deberá reinvertir los recursos en las subcuentas de origen en un plazo máximo de tres días hábiles posteriores.

Sello Digital: TfpiUDa7A5Yg1S4kCtXLPap5uT2uF9sNZ0nVf/kcDVuZ2+U06jMKtFrxjh/bHim89fIbUkRvgiHmzNfe6nlRrQ==