A través de Internet:
Tenga a la vista su Registro Federal de Contribuyentes (RFC); en el caso de personas físicas adicionalmente su Clave Única de Registro de Población (CURP) - no indispensable-. Así como su Nombre, Denominación o Razón Social.
Del Catálogo de Servicios identifique el trámite que va a efectuar y obtenga la Clave de Referencia, Cadena de la Dependencia y el monto correspondiente.
Ingrese al Portal Electrónico de la Institución de Crédito autorizada del que sea cliente y donde cuente con el servicio de banca electrónica (BancaNet, Conexión Personal, etc.) de la cual realizará la transferencia.
Si desea conocer las Instituciones de Crédito autorizadas que prestan este servicio dé un click Aquí.
Seleccione la opción de "Pago de DPA's" (Derechos, Productos y Aprovechamientos).
Seleccione en la opción “Dependencias y Entidades”
26 COMISION NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO
Capture los datos de Clave de Referencia, Cadena de la Dependencia y monto del trámite (DPA) a pagar, que obtuvo del Catálogo de Servicios.
Capture los demás datos que se solicitan.
Efectúe la transferencia bancaria de fondos.
Imprima el Recibo Bancario con Sello Digital que el Banco le proporcionará, documento que deberá entregar en las oficinas de la CONSAR.
Nota: puede utilizar la hoja de ayuda como papel de trabajo.
A partir del 20 de septiembre de 2010, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) únicamente recibe el pago electrónico de DPA’s, es decir, ya no acepta las formas oficiales autorizadas 5 y 16.